Si os queréis divorciar y no sabéis por donde empezar lo primero que os aconsejo es la contratación de un buen abogado y lo segundo que estéis bien informados.
Para lo primero estoy a vuestra disposición si me necesitáis, para lo segundo os dejo unos consejos básicos que os pueden servir de orientación.
“ El divorcio es el trámite que pone fin al vínculo matrimonial a través de la vía judicial. Puede ser de dos tipos: de mutuo acuerdo o contencioso.”
Un divorcio de mutuo acuerdo siempre es mejor que uno contencioso, especialmente en el caso de tener hijos en común.
Ventajas de un divorcio de mutuo acuerdo:
- No hay ganadores y perdedores, lo cual favorece la relación posterior.
- Conlleva menos desgaste emocional que el divorcio contencioso.
- Es beneficioso económicamente para ambas partes, implica muchos menos costes.
Pasos para interponer la demanda de divorcio:
- Deben haber transcurrido tres meses desde el matrimonio.
- Deben presentar la demanda los dos juntos. También puede ser presentada por uno de los dos con el consentimiento del otro, siempre está obligado a ratificarlo posteriormente en el juzgado.
- Es obligatorio contar con un abogado y procurador.
- Presentar documentación como: certificado de matrimonio, de nacimiento de los hijos y documentos que acrediten la situación patrimonial.
- Añadir propuesta de convenio regulador firmado por ambos cónyuges.
“El convenio regulador es un acuerdo de los cónyuges en el que tras poner fin a la convivencia o al matrimonio, regula las consecuencias jurídicas de este”.
Detalles que debe incluir el convenio regulador:
- Atribución de la patria potestad.
- Quién ostenta la guarda y custodia de los hijos.
- Régimen de visitas.
- Uso de la vivienda familiar, normalmente la disfruta el cónyuge que ostenta la guarda y custodia de los hijos independientemente de la procedencia de la vivienda.
- Establecer la cuantía de la pensión de alimentos a los hijos. Esta pensión está destinada a cubrir los gastos ordinarios de los hijos como el alojamiento, comida, vestido, asistencia médica y educación.
- La pensión compensatoria está pensada para resarcir al cónyuge si debido al divorcio sufre un empeoramiento de su situación económica, es posible renunciar a ella mientras que la de los hijos es irrenunciable.
“El divorcio supone la pérdida de los derechos sucesorios entre cónyuges, no da derecho a pensión por viudedad y acaba con las obligaciones derivadas del matrimonio pero no las obligaciones con los hijos”.
Por último… ¿Es necesario estar separados para poder divorciarse?
> No, desde la reforma de la ley del año 2005 está permitido el divorcio directo.